Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1744/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El recurrente por su representado ratificó los términos de su demanda, y ampliando señaló que no presentaron recurso de revocatoria puesto que el Tribunal Constitucional estableció jurisprudencia en sentido que el recurso de reconsideración previsto en el art. 22 de la Ley de Municipalidades (LM), no es propiamente un recurso, lo que es de conocimiento de los recurridos.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- Fragmento 6
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- siempre que no hubiere otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías
- III.3. El recurso de reconsideración y su alcance
- III.4. El caso en análisis
- APROBAR