SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1777/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1777/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

5)

5) El recurrente denunció sin legitimación activa y de manera injustificada violación al derecho a la defensa, sin considerar que al ser acusador en la causa principal, no es demandante ni demandado en el incidente recusatorio, por lo que, alegar vulneración al derecho a la defensa correspondería exclusivamente a los jueces contra quienes se activó la recusación; asimismo, en la audiencia se tomó en cuenta el informe presentado por los jueces recusados, por lo que el argumento de vulneración a su derecho a la defensa no es evidente.