SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1856/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.5.
II.5. A través de memorial presentado el 22 del citado mes y año, la empresa “Oro Blanco” SRL, solicita orden instruida, para que se les extienda una copia legalizada del informe CSO-08-2008, en el cual se ha recomendado la adjudicación de dicha empresa en la convocatoria GB-05/08 (fs. 32 a 33). Solicitud subsanada por memorial presentado el 25 del mismo mes y año (fs. 34 y vta.), pedido que fue resuelto por Resolución de 25 de abril de 2008, emitido por el Juez Onceavo de Instrucción en lo Civil del Distrito Judicial de Santa Cruz, que instruye la certificación de lo solicitado (fs. 34 vta.). Por acta notariada, se da fe que el día 29 de abril del mismo año, se pretendió hacer entrega de la orden instruida emitida, negándose la Secretaria Administrativa de YPFB a recibirla (fs. 35). Se adjunta al proceso guía de “DHL Express” de documentos enviados a YPFB (fs. 36). De la misma forma, por memorial de 12 de mayo de 2008, la empresa “Oro Blanco” SRL, solicita a los miembros de la Comisión de Selección de Ofertas que se dé cumplimiento a la orden judicial emanada (fs. 37 y vta.)
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional.
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional,
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3.1.
- APROBAR