SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1861/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
a)
Los recurrentes plantean recurso de amparo constitucional contra Gloria Dolores Romano Villegas, María Luisa Zevallos Villegas, Huberto Montoya Arellano, Juan José Sarmiento Sánchez, Belka Divana Vardalez Saavedra, Cecilia Karina Sandoval Bascopé, Ernesto Luís Bernal Martínez, Hanz Antonio Avila Foronda, José Maria Arturo Alessandri Severich, Evelin Lupe Fernández Tastaca y Sandra Lozano Copa, Concejales del Gobierno Municipal de Oruro; solicitando: a) Conceder la tutela solicitada declarando la procedencia del recurso; b) Declarar nula y sin valor alguno los arts. 43, 44 incs. a), b) y c) 23.4, 28, 46 inc. a) Título II, Capítulo VIII y Título Séptimo de la OM 26/2007; y, c) Declaradas nulas las normas denunciadas, conceder al Pleno del Concejo Municipal el plazo de seis meses a fin de que adecuen la nueva norma a los preceptos y garantías constitucionales.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- i)
- improcedente
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.
- Fragmento 18
- ,
- APROBAR,