SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1890/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, mencionan que se vulneraron sus derechos al debido proceso, defensa, presunción de inocencia, la seguridad jurídica y el derecho al trabajo, debido a que a un día de concluir con la última etapa del proceso que es el periodo de pasantía, fue notificado con la Resolución 31/2008 de 6 de febrero dictada por el Fiscal General de la República a.i., Mario Uribe Melendres, por la que se dispone sin motivación ni fundamentación alguna su suspensión de la etapa de pasantía que venía realizando como alumno del Instituto de Capacitación del Ministerio Público, en tanto y en cuanto se resuelva y defina su situación jurídica como procesado penal por delitos dolosos, con la única base legal de las disposiciones establecidas en el numeral 4) del art. 26 de la LOMP y el art. 122 de la misma ley, por lo que presentó su recurso de revocatoria mismo que fue declarado no ha lugar, sin tomar en cuenta que como alumno del Instituto de Capacitación del Ministerio Público tiene la calidad de participante y alumno y debe estar sometido a los reglamentos que rigen el funcionamiento del ICMP. Corresponde en revisión de la Resolución del Tribunal de garantías, determinar si se debe otorgar o no la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- “recurso de
- “accionante”
- III.3. El debido proceso y la motivación de las Resoluciones
- la exigencia de la motivación de las resoluciones
- III.4. Análisis del caso de autos
- APROBAR