SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1957/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.2.
II.2. Se dictó sentencia declarando probada la demanda ordenando la entrega del inmueble a los treinta días de ejecutoriada la misma (fs. 41 a 43); en ejecución de sentencia, el recurrente solicitó se libre mandamiento de lanzamiento para la entrega del inmueble de su propiedad, con la finalidad de diligenciar el mandamiento, la Oficial de Diligencias del Juzgado se presentó en el inmueble objeto de la litis, oportunidad en la que la corecurrida Sandra Margot Díaz Velásquez se opuso a la ejecución del lanzamiento, habiendo la diligenciare intentado por tres veces el lanzamiento sin resultado alguno, por cuanto en esas oportunidades se resistieron a la ejecución las recurridas, niños y ancianos, ante estas vías de hecho hasta la fuerza pública se vio limitada (fs. 45 a 70).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.2. Informe de los recurridos
- .
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad.
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- III.3. Las medidas de hecho y la acción de amparo constitucional
- requisitos para considerar la situación como medida de hecho y hacer abstracción de las exigencias procesales
- Fragmento 11
- III.4. El caso analizado
- APROBAR