SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1973/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1973/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

Fragmento 12

         Por decisión GGSC/DTJC/UCC/P 53/08, de 12 de marzo se establece lo siguiente: a) “liquidado que fue el adeudo en mora se estableció que existe una diferencia en el pago de la multa sancionatoria, siendo IMPROCEDENTE la emisión del Auto de conclusión solicitado (…) (sic); b) “Asimismo, se comunica que los pagos realizados serán considerados como “Pagos a Cuenta””. (sic), (fs. 145).