SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1980/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
deniega
Concluida la audiencia la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución de 24 de julio, cursante de fs. 155 a 157, que deniega la tutela, con los siguientes fundamentos: i) La Empresa "Futurama Gaiming Electrionic S.R.L", representada por la recurrente no cuenta con la autorización de LONABOL; ii) Si bien el art. 8 de la LM establece las competencias que tiene el Municipio en materia de Desarrollo Humano y Sostenible, Infraestructura, Servicios, cuando se refiere a otorgar concesión, controlar, regular y planificar la prestación de obras de servicios públicos y exportaciones económicas, no se encuentra entre ellas, ninguna competencia para autorizar el funcionamiento de casas de juegos de azar, bingos y otros, rubro que según criterio del Tribunal de garantías, corresponde a LONABOL y no a la Alcaldía Municipal; y, iii) No se han violentado los derechos fundamentales incoados por la recurrente, en virtud de la declaración jurada prestada por la recurrente, en sentido de señalar diferente rubro al desempeñado.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- deniega
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- "recurso de
- "accionante"
- recurso de amparo constitucional
- Fragmento 16
- III.3. Excepción al principio de subsidiaridad y tutela provisional
- Fragmento 18
- denegado
- APROBAR