Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1980/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.3.
II.3. La recurrente, por memorial presentado el 4 de marzo de 2008, solicitó al Oficial Mayor de Defensa Ciudadana del Gobierno Municipal de Santa Cruz, deje sin efecto las actas de clausura, memorial que fue rechazado por OMDC.OF.068/2008 de 13 de marzo, contra el cual dicha empresa interpuso recurso de revocatoria, que mereció la Resolución Administrativa (RA) O.M.D.C 002/2008 de 8 de abril, rechazando el recurso (fs. 13 a 16; 22 a 23; 24 a 25; 26 y 28).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- deniega
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- "recurso de
- "accionante"
- recurso de amparo constitucional
- Fragmento 16
- III.3. Excepción al principio de subsidiaridad y tutela provisional
- Fragmento 18
- denegado
- APROBAR