Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1984/2010-R
Fecha: 26-Oct-2010
III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente alega, por su representado que la autoridad recurrida, vulneró sus derechos a la “seguridad jurídica”, al trabajo, a la defensa y al debido proceso y la “garantía de la irretroactividad de la norma”, a raíz de que la Fiscalía General, le sigue un proceso por impedimento por causal sobreviniente, donde finalmente la autoridad recurrida emite la Resolución 029/2008, en la que dispone el cese de sus funciones. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos a los derechos fundamentales del recurrente, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad correcurrida y petitorio
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional y alcance de la tutela en relación a los derechos invocados
- derecho a la defensa
- incumplimiento de la sanción
- APROBAR