Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2004/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
1)
1) Juan Solares Rojas, fue citado personalmente por el corregidor de San Julián, rehusándose a firmar en presencia de un testigo claramente identificado Gilfredo Salvatierra Yamal con C.I. 1558915 SC., es decir que la citación se adecua al procedimiento establecido por el en el art. 120.II del Código de Procedimiento Civil (CPC).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- concedió
- II.1
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. De la citación con la demanda y Auto intimatorio en proceso ejecutivo
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR