SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2011/2010-R
Fecha: 03-Nov-2010
I.2.2. Informe de los recurridos
El corecurrido Marcelo Goldmann Paz, refiere que se le acuso de remoción injusta al recurrente del cargo de Director y Vicepresidente del Directorio del LAB, en la asamblea de socios de 17 de noviembre de 2007, empero si ello fuere así, le correspondía impugnarlo oportunamente, más aun teniendo en cuenta que estaba correctamente informado de esa situación no solamente por las diversas cartas que le fueron cursadas, sino también por los medios de comunicación; anota que ciertamente el recurrente era Director y Vicepresidente del LAB, empero desde el 3 de septiembre de 2007, no se presentó en las instalaciones de dicha empresa pese a las innumerables convocatorias y cartas que se le hizo llegar, no se presentaba a trabajar, quería dirigir desde Santa Cruz, siendo que la cede está en Cochabamba; por otra parte el recurrente no impugno oportunamente de la supuesta ilegal remoción de la que se queja, ha ocasionado que su derecho precluya, por lo que pide se declare improcedente el recurso con costas.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informe de los recurridos
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- Fragmento 13
- a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
- (IMPUGNACION DE NULIDAD).
- APROBAR