SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2011/2010-R
Fecha: 03-Nov-2010
(IMPUGNACION DE NULIDAD).
En el caso concreto, como resultado de lo acordado y determinado en la junta general ordinaria de accionistas del LAB, de 17 de noviembre de 2007, se procedió a la remoción de Henri Antonio Barbey Rivero, de su condición de Director y Vicepresidente del Directorio del LAB, con el justificativo que no concurrió a las diferentes convocatorias a reuniones del Directorio, del mismo modo se determinó la revocatoria del poder conferido a su favor; sin justificación. Sin embargo, el ahora accionante, en lugar de impugnar de nulidad su remoción, como lo determina el art. 302 del Ccom que señala -(IMPUGNACION DE NULIDAD). Cualquier resolución de la junta que viole las disposiciones de este Código o los estatutos, puede ser impugnada de nulidad por los directores, administradores síndicos o autoridad administrativa contralora o por cualquier accionista que no hubiese participado en ella, o que habiendo asistido, hubiera hecho constar su disidencia y, en general, cuando la resolución sea contraria al orden público.
De la revisión de antecedentes se constata que el accionante, acudió directamente a la jurisdicción constitucional, presentando el amparo constitucional que se revisa, omitiendo considerar su carácter subsidiario, es decir que no agotó los medios legales ordinarios que resultan idóneos para buscar que se restablezcan sus derechos presuntamente conculcados, utilizando indebidamente la jurisdicción constitucional, tampoco justifico la necesidad de aplicar la excepción a la regla de subsidiariedad -inmediatez-.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informe de los recurridos
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- Fragmento 13
- a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
- (IMPUGNACION DE NULIDAD).
- APROBAR