SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2025/2010-R
Fecha: 09-Nov-2010
1)
Ángel Pérez Argote, a través de sus abogados en audiencia, señaló: 1) El fallo de los Vocales recurridos fue convalidado y reconocido por el Ministerio Público, pues solicitaron al Juez cautelar la modificación de las medidas sustitutivas impuestas al imputado; 2) La Jueza cautelar reconoce que la declaración informativa del imputado tiene defectos absolutos por lo que admite el incidente de nulidad interpuesto, y dispuso se deje sin efecto el acta de declaración informativa y que el Fiscal señale nueva audiencia para tal efecto, respetando la asistencia técnica de los abogados defensores, lo que incluso ocasionó se anule la imputación formal; 3) Si se declaró procedente el incidente de nulidad por defecto absolutos, no correspondía a la Jueza cautelar imponer la detención preventiva, sino ordenar que se subsanen éstos para posteriormente aplicar las medidas cautelares correspondientes; 4) El fallo de los Vocales recurridos se encuentra debidamente motivado, pues incluso citaron el texto denominado “Recurso de Casación del Derecho Positivo Argentino” de Fernando de la Rua; y, 5) El Ministerio Público no fundamentó debidamente los derechos vulnerados, por lo que solicita se rechace el amparo solicitado con costas.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1.
- a)
- 1)
- denegar
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- siempre que no exista otros medio o recurso legal para la protección inmediata
- la revocatoria de esas medidas sustitutivas
- APROBAR