SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2028/2010-R
Fecha: 09-Nov-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Las recurrentes, ahora accionantes, manifiestan que fueron despedidas el 4 de marzo de 2008 de la “Empresa Minera Huanuni” con el argumento de existir convenios suscritos con el Gobierno Nacional para retirar a los esposos, cónyuges y rentistas que se encuentren trabajando en dicha empresa, sin que se haya tomado en cuenta que su situación es distinta, pues tienen la condición de derecho habientes por lo que sólo perciben el 70% de la remuneración, por tal razón, acudieron a la Dirección Departamental del Trabajo, donde pese a la posición favorable el Gerente General de la empresa se niega a restituirlas a su fuente de trabajo, por lo que consideran vulnerado su derecho al trabajo. Consiguientemente, corresponde analizar en revisión, tales extremos son evidentes a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.3. Naturaleza subsidiaria del amparo constitucional
- SC 0150/2010
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR