SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2093/2010-R
Fecha: 10-Nov-2010
concediendo
La Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de Oruro, constituida en Tribunal de garantías, emitió la Resolución 14/2008 de 7 de julio, cursante de fs. 36 a 38, concediendo la tutela solicitada y disponiendo que Nelson Mena Caballero, Director del Hospital General San Juan de Dios y Justo Vargas Brun, Director del SEDES, resuelvan en el plazo prudencial de 48 horas las solicitudes formuladas en los oficios de fechas 3, 9 y 24 de junio del 2008. Los fundamentos son los siguientes: 1) De los antecedentes se constató que la recurrente dirigió cartas al Director a.i. del Hospital General San Juan de Dios y al Director del SEDES, solicitando garantías, formulando reclamos y solicitando pronunciamiento a los oficios anteriores, los cuales no tuvieron respuesta, es decir su petición no ha tenido pronunciamiento expreso, por lo que dichas autoridades vulneraron el derecho de petición de la recurrente, su derecho a obtener una respuesta pronta y oportuna, sea favorable o desfavorable; y, 2) En su informe, el recurrido manifestó que las enfermeras negaban el ingreso de la recurrente, llegándose a un acuerdo el 10 de junio, posteriormente algunas enfermeras manifestaron su insatisfacción con el convenio, presentando dos notas, pidiendo una Junta de Conciliación, por lo que indican que se encuentran en etapa de resolver el problema, mismas que carecen de relevancia y justificación legal para este tribunal, por lo que se advierte que los recurridos vulneraron el derecho a la petición, correspondiendo conceder el amparo.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- concediendo
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- Marco Constitucional
- SC 1068/2010-R
- III.3. Análisis del caso de autos
- APROBAR