Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2112/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
concedido
Por consiguiente, la situación planteada respecto a los derechos de la accionante, e invocados como lesionados, es susceptible de protección a través del amparo constitucional; por cuanto, el Tribunal de garantías, al haber concedido la tutela impetrada, efectuó una adecuada compulsa de los antecedentes del caso.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- concede
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- III.3.1.
- III.4. Análisis del caso concreto
- concedido
- APROBAR