SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2112/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente, alega que sus derechos a "la seguridad jurídica" y a la propiedad privada fueron vulnerados por los recurridos, por cuanto el 9 de septiembre de 2008, un grupo de personas desconocidas irrumpieron en los terrenos de su propiedad, de forma violenta, arrancando los postes de cuchi, cortando el alambrado, para posteriormente introducir una serie de "chapapas" (sic), construidas con "venetas", listones, maderas y otros materiales, impidiéndole su ingreso a los mismos, agrediéndola física y verbalmente, llegando a amenazarla de muerte. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales de la recurrente a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- concede
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- III.3.1.
- III.4. Análisis del caso concreto
- concedido
- APROBAR