Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2150/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.5.
II.5. El Juez de Instrucción Mixto, Liquidador y cautelar de Independencia del Distrito Judicial de Cochabamba, mediante decreto de 8 de septiembre de 2008, teniendo presente el informe del inicio de investigaciones y la imputación formal contra el imputado (recurrente), señaló audiencia cautelar para el 9 de septiembre de 2008, a horas 18:00, disponiendo, respecto al imputado, que encontrándose "…detenido en la Dirección de Conciliación Nro. 2 (Tránsito) de Quillacollo…" (sic), ordenando que el imputado se mantenga en calidad de "depósito", debiendo ser conducido al Juzgado el día y hora señalados (fs. 37).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- Fragmento 4
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de libertad,
- ordenar la tutela
- Fragmento 14
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17