SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2150/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2150/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

improcedente

La Jueza Primera de Sentencia de Quillacollo del Distrito Judicial de Cochabamba,  constituida en Jueza de garantías, pronunció la Resolución de 9 de septiembre de 2008, cursante de fs. 27 a 30 vta., que declaró improcedente el recurso, con los siguientes fundamentos: i) Que en cumplimiento del art. 226 del CPP, el Fiscal recurrido, procedió a la aprehensión del recurrente, y ejecutada y presentada al Juez cautelar, dentro el termino de las veinticuatro horas; correspondiendo, a la autoridad jurisdiccional resolver el trámite, según lo invocado en la imputación formal, agotándose en la misma los recursos ordinarios previstos por ley; para posteriormente, en su caso, recién acudir a la vía constitucional; y, ii) Se deja establecida la limitación, en cuanto al pronunciamiento de la Jueza de garantías, en relación al actuar de la autoridad jurisdiccional, respecto a la situación de haber dispuesto el depósito del recurrente, habida cuenta de que el recurso no fue extendido a esa autoridad.