SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2288/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
El 16 de octubre de 2008 su representado suscribió un acuerdo bilateral con María Elena Mariño Menacho, con la finalidad de despejar dudas relacionadas al conflicto de paternidad. Es así, que el 13 de octubre de 2008, fue sorprendido con una demanda de cumplimiento de obligaciones de la declaratoria de paternidad y fijación de asistencia familiar, recibiendo la notificación con la admisión de la demanda, fijación de asistencia familiar mediante Auto de 5 de noviembre del mismo año, lo que resultó ilógico puesto que el conflicto de paternidad aún no fue resuelto, por tanto se presentó recurso de reposición bajo alternativa de apelación.
Su representado fue detenido en la cárcel de Villa Busch con un mandamiento de apremio expedido por el Juez de Partido de Familia, con omisiones a normas legales puesto que la demanda de cumplimiento de obligación y la fijación de asistencia familiar no procede porque el conflicto de paternidad no fue resuelto, si bien se debe pagar daños y perjuicios, asistencia familiar, se hará una vez resuelto el conflicto de paternidad aun en curso.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- i)
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- III.3. Subsidiaridad excepcional del hábeas corpus, ahora acción de libertad
- III.4. Análisis del caso denunciado
- REVOCAR