SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2357/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2357/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

2.-

2.-  Se constata que los recurrentes fueron puestos a disposición del Juez recurrido el 27 de julio de 2008 a las 18:00 p.m., quien señaló audiencia para considerar y resolver la solicitud fiscal de aplicación de medida cautelar para el 28 de julio del mismo año, a horas 10:30 a.m. es decir dentro de las 24 horas y cumpliendo con lo previsto por el art. 226 del CPP. En la audiencia resolvió sobre la ilegalidad denunciada y luego se pronunció sobre las medidas cautelares, por lo que corresponde declarar improcedente el recurso respecto a esta autoridad.