SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2441/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Indica, por de Auto 20 de enero del 2009, dictado por la autoridad hoy recurrida ha revocado las medidas sustitutivas impuestas a su representada, disponiendo la detención en el recinto penitenciario de la provincia de Arani, por no haber dado cumplimiento a lo ordenado en la Resolución de medidas cautelares de 31 de octubre de 2008, es decir, se le ha impuesto entre otras medidas sustitutivas la fianza económica de Bs. 20.000, dando plazo para el cumplimiento de 72 horas, por ello, se ha presentado el recurso de apelación, asimismo señala que le buscó al actuario de ese despacho no se le encontró para hacer la boleta de depósito judicial, por ello dijo, que se denunció al actuario ante el Consejo de la Judicatura, sin embargo, haciendo uso a su defensa ha presentado el recurso de apelación que se encuentra en trámite, de la misma manera, señaló que el Ministerio Público en un afán revanchista solicitó la revocación a las medidas sustitutivas sin ningún fundamento, habiendo depositado la fianza económica impuesta, por lo que se han vulnerado sus derechos a la libertad, la presunción de inocencia, a la seguridad jurídica y a la garantía del debido proceso.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- improcedente
- c)
- II.1.
- II.4.
- II.7.
- II.8.
- II.11.
- II.13.
- objeto
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- “recurso de hábeas corpus”
- III.3. Sobre el carácter subsidiario del recurso de hábeas corpus ahora acción de libertad
- deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas.
- III.4.Medio idóneo contra las resoluciones que dispongan, modifiquen o rechacen las medidas cautelares
- III.5. Análisis del caso denunciado
- APROBAR