SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2441/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
III.5. Análisis del caso denunciado
Menciona el ahora accionante, que dentro el proceso penal que se le ha seguido a su representada Betty Villarroel Cordero de Rojas, por el delito de Uso de Instrumento Falsificado, se ha dictado resolución el 31 de octubre de 2008, de sustitución de medidas cautelares imponiendo en otros una fianza económica de Bs20 000.-, utilizando los recursos que la ley le franquea solicitó la modificación de la mencionada fianza económica impuesta, sin haber logrado bajar la misma, es así que la autoridad recurrida mediante Auto de fecha 20 de enero de 2009, ha revocado las medidas sustitutivas, disponiendo su detención en el recinto penitenciario de la Provincia Arani, pese al haber depositado la fianza económica de Bs20 000.-, el 5 de enero del 2009, después de su conminatoria a cumplir en plazo de cuarenta y ocho horas, mediante Auto de 2 de enero de 2009, resolución que apeló ante tribunal de alzada, alegando una detención indebida y un procesamiento ilegal, concedido el mismo la autoridad hoy demandada dispuso se eleven fotocopias legalizadas ante el Tribunal de alzada, por ser en el efecto devolutivo, con ese antecedente se tiene certeza de que el recurrente activó simultáneamente la vía ordinaria y constitucional, por lo que no ha observado el carácter subsidiario de la presente acción constitucional, correspondiente en consecuencia denegar la tutela impetrada.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- improcedente
- c)
- II.1.
- II.4.
- II.7.
- II.8.
- II.11.
- II.13.
- objeto
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- “recurso de hábeas corpus”
- III.3. Sobre el carácter subsidiario del recurso de hábeas corpus ahora acción de libertad
- deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas.
- III.4.Medio idóneo contra las resoluciones que dispongan, modifiquen o rechacen las medidas cautelares
- III.5. Análisis del caso denunciado
- APROBAR