Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2441/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
improcedente
Mediante Resolución de 30 de enero de 2009, cursante a fs. 116 a 119 vta., el Juzgado Primero de Partido Mixto y de Sentencia de Punata, te Superior de Justicia del Distrito Judicial de Cochabamba, constituido como Juez de garantías declaró improcedente el recurso planteado bajo los siguientes argumentos: a) Las presuntas ilegalidades denunciadas deben ser resueltas por el Tribunal Superior ante quien se ha remitido los antecedentes debido a la apelación interpuesta por la imputada contra el auto de 20 de enero de 2009 b) Que estando activado el
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- improcedente
- c)
- II.1.
- II.4.
- II.7.
- II.8.
- II.11.
- II.13.
- objeto
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- “recurso de hábeas corpus”
- III.3. Sobre el carácter subsidiario del recurso de hábeas corpus ahora acción de libertad
- deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas.
- III.4.Medio idóneo contra las resoluciones que dispongan, modifiquen o rechacen las medidas cautelares
- III.5. Análisis del caso denunciado
- APROBAR