Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2509/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
acciones de defensa,
También existen algunas modificaciones en la configuración procesal de los antiguos recursos, siendo una de ellas, precisamente, la nueva concepción de estos medios jurisdiccionales extraordinarios como acciones de defensa, lo que repercute en los términos que deben ser utilizados por este Tribunal en la redacción de sus sentencias, pues conforme se precisó en la SC 0006/2010-R, por regla general se aplicará la Constitución vigente, al ser la norma que desarrolla, de manera más amplia, los derechos y garantías constitucionales.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- procedente
- Fragmento 4
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado
- III.2. Términos procesales en la acción de libertad
- acciones de defensa,
- ordenar la tutela
- III.3. Mandamiento de apremio en procesos por rendición de cuentas
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR