Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2512/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
Fragmento 15
En el caso de autos, no han llegado a precisar los actuales accionantes en que forma se estaría conculcando su derecho a la libertad, toda vez que el Tribunal Segundo de Sentencia, valoró las pruebas y antecedentes circundantes a los actuales accionantes conforme a las reglas de valoración e interpretación, sin evidenciar el hecho fáctico atentatorio a su derecho a la libertad.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad
- I.1.1
- I.1.3
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- acciones de defensa,
- accionante
- improcedente
- III.4. Los presupuestos para la revisión excepcional de la valoración probatoria
- III.5. En el caso concreto
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- APROBAR