Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2512/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad
En revisión la Resolución 338/2008 de 29 de noviembre, cursante a fs. 46 a 48 vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, presentado por Mario Arciénega Ramos y Sandro Arciénega Ramos contra Ramiro Quiroga Carreón y Erlinda Bustillos Fortún Jueces Técnicos; y, Betty Isabel Barrientos Delgadillo y Carmen Julia Cárdenas Ríos, Jueces Ciudadanos, todos miembros del Tribunal Segundo de Sentencia del mismo Distrito Judicial, alegando la vulneración a su derecho a la libertad, citando al efecto el art. 6.II de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad
- I.1.1
- I.1.3
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- acciones de defensa,
- accionante
- improcedente
- III.4. Los presupuestos para la revisión excepcional de la valoración probatoria
- III.5. En el caso concreto
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- APROBAR