SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2547/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.2.
II.2. A fs. 10 cursa oficio Dir.Abra.-479/08 de 8 de septiembre de 2008, dirigido por Diomedes Enríquez Gamarra, Director del Recinto Penitenciario “El Abra” al Presidente del Tribunal Segundo de Sentencia de Cochabamba, señalando que no podía dar curso al mandamiento de libertad emitido porque al estar gozando el representado de la recurrente del beneficio de extra muro que le fue otorgado por los Jueces del Tribunal Primero de Partido de Sustancias Controladas, existiría un proceso penal pendiente en su contra (fs. 10); en conocimiento de ese oficio, por decreto de 9 de septiembre de 2008, el Presidente del Tribunal de Sentencia dispuso sea puesto a conocimiento de las partes (fs. 10 vta).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- 2)
- 3)
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de libertad
- acciones de defensa
- ordenar la tutela
- III.3. Consideraciones previas para ingresar al análisis de fondo de la causa
- alguien pueda ser puesto en libertad teniendo otros mandamientos pendientes o que el mandamiento de libertad pueda contener alguna falsedad material o ideológica, lo cual le impele a tener que verificar y solicitar la información pertinente y revisar previamente los registros antes de dar curso al mandamiento
- APROBAR