1555/2010-R

REVOCAR

En base a la fundamentación jurídica precedente y en aplicación de la jurisprudencia constitucional vigente, el Magistrado disidente considera que el Tribunal Constitucional debió REVOCAR la Resolución emitida por el Tribunal de garantías, y en consecuencia DENEGAR la acción tutelar, al no existir causal para otorgar la tutela solicitada, menos aún ingresando para ello a la valoración de la prueba efectuada por la jurisdicción ordinaria.