SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2675/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, sostiene a través de su acción de amparo constitucional que las autoridades demandadas, lesionaron sus derechos la vulneración de sus derechos, a la “seguridad jurídica”, a la defensa y a la igualdad, de la garantía al debido proceso y el principio de inocencia, al haber revocado la Resolución 45/2008, dictada por el Tribunal Tercero de Sentencia, que habría declarado la extinción de la acción penal por prescripción, a través del Auto de Vista 156/2008, sin fundamentación legal, con el solo argumento de que la conducta antijurídica comienza a desarrollarse cuando el informe YGYP/002/2000, alega haber devuelto el dinero cuando esa circunstancia no había ocurrido y por tratarse del delito de peculado como sucesivo y no de ejecución instantánea, por lo que la formalización de la demanda de los delitos de peculado, apropiación indebida y abuso de confianza, fue el 22 de septiembre de 2003, fecha desde la cual empezó recién a correr el termino de la prescripción, conforme a la última parte del art. 30 del CPP, en consecuencia, corresponde analizar, en revisión, si los actos ilegales son ciertos para conceder o denegar la tutela.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- III.3. El debido proceso y la motivación de las resoluciones
- la exigencia de la motivación de las resoluciones
- III.4. Análisis del caso de autos
- i)
- POR TANTO