SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2757/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
denegó
La Sala Penal y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución de 6 de febrero de 2009, cursante de fs. 60 a 62, denegó la tutela, en base a los siguientes fundamentos; 1) Efectivamente, el 11 de octubre de 2008, el recurrente solicitó al SIN, mediante el Gerente Distrital, una certificación y notificación sobre algún proceso en su contra, requiriendo fotocopias legalizadas de la documentación, petición que fue respondida a través de la carta GDP/DTJCC/113/08, haciéndole conocer que no existía ningún proceso en su contra; 2) EL SIN de la Gerencia Distrital de Pando, de acuerdo a las atribuciones conferidas por el art. 93.II, arts. 100 y 104 del CTB, ejecutó la Orden de Verificación Externa signada con el número 90070VE0006 a objeto de verificar y controlar actos y hechos imponibles, relacionados con la Importadora - Exportadora Villavicencio S.R.L.; 3) La Vista de Cargo y la Resolución Determinativa 03/09, fueron notificadas de conformidad con el art. 84 y ss. del CTB; 4) De acuerdo al testimonio de escritura pública 90/98 de constitución de sociedad de responsabilidad limitada, José Sebastián Villavicencio Amuruz, es socio de la Importadora-Exportadora Villavicencio S.R.L., cuyo domicilio principal se encuentra ubicado en la Avenida 9 de febrero s/n de la ciudad de Cobija; y, 5) El Testimonio de poder 659/2006, conferido por José Sebastián Villavicencio Amuruz y Ciro Villavicencio Amuruz, creditan a Eloy Mogro Mendoza como gerente y representante de la empresa, en todos los trámites judiciales, administrativos y ante “Impuestos Internos”.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3. Sobre la seguridad jurídica
- III.4. Del carácter subsidiario de la acción de amparo
- APROBAR