Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2798/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
II.3.
II.3. Los Vocales de la Sala Civil Segunda, por Auto de Vista 222/2008 de 21 de abril, declararon infundado el recurso de casación (fs. 312 y vta.). Las autoridades recurridas, por Auto 105/2008 de 16 de mayo, dispusieron no ha lugar a la solicitud de explicación y complementación presentada por el recurrente (fs. 317), notificada legalmente a Jesús Erland Roca Chaar, el 23 de julio (fs. 318 vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- Fragmento 4
- conceder
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3. El derecho al debido proceso: Naturaleza jurídica, alcance y concepto. Derecho a la motivación y congruencia de las decisiones judiciales
- Fragmento 12
- III.4. Análisis de la problemática jurídica
- APROBAR