Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2798/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, denuncia que las autoridades recurridas, hoy demandadas vulneraron su derecho al debido proceso, por cuanto: En el Auto de Vista 222/2008, que declaró infundado el recurso de casación, la valoración de antecedentes de hecho y procesales se efectuaron en sentido de casar el Auto de Vista recurrido; pero, el mismo fue declarado infundado, careciendo de fundamentación y efectividad. En consecuencia, corresponde analizar, en revisión, si de acuerdo a los datos del cuaderno procesal, las normas constitucionales y legales aplicables, se debe o no otorgar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- Fragmento 4
- conceder
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3. El derecho al debido proceso: Naturaleza jurídica, alcance y concepto. Derecho a la motivación y congruencia de las decisiones judiciales
- Fragmento 12
- III.4. Análisis de la problemática jurídica
- APROBAR