Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2896/2010-R
Fecha: 17-Dic-2010
II.3.
II.3. Cursa en obrados el testimonio de poder 129/2003 de 4 de junio de 2003, que confiere Estefanía Espada Sánchez a favor de Henry Nogales Peredo (fs. 33 a 34). Por memorial de 8 de enero de 2004, Félix Alberto Balderrama Fernández y otra, pidieron la “…nulidad de todo lo obrado, hasta que le faculte un poder amplio y suficiente…” (sic) (fs. 42). El Auto de 21 de enero de 2004, declaró sin lugar la nulidad de citación por edicto (fs. 46 y vta.).
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- denegar
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- i)
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3. El derecho al debido proceso, naturaleza jurídica, alcances y concepto
- III.4. Derecho a la defensa, alcances y entendimiento
- III.5. Análisis de la problemática jurídica
- APROBAR