Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2896/2010-R
Fecha: 17-Dic-2010
II.4.
II.4. Rafael Fabián Fernández Terrazas, en representación de Rosalía Fernández Céspedes de Balderama, Félix Alberto Balderrama Fernández y María Julieta Balderrama de Escalera, por memorial de 12 de febrero de 2004, presentó excepción perentoria de prescripción (fs. 48 y vta.). Por Auto de 26 de febrero de 2004, se declaró sin lugar la solicitud de prescripción de los intereses, así como las observaciones efectuadas al dictamen pericial (fs. 56 a 57).
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- denegar
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- i)
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3. El derecho al debido proceso, naturaleza jurídica, alcances y concepto
- III.4. Derecho a la defensa, alcances y entendimiento
- III.5. Análisis de la problemática jurídica
- APROBAR