Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0006/2010-CDP
Fecha: 29-Mar-2010
I.2.
I.2. Por memorial presentado el 20 de junio de 2007, la recurrente interpuso ante el Tribunal del recurso, "demanda de reparación o indemnización de daños y perjuicios", solicitando que éstos sean calificados en Bs. 287901,20.- (doscientos ochenta y siete mil novecientos uno con 20/100) correspondientes a sueldos dejados de percibir, lucro cesante y honorarios profesionales (fs. 450 a 453). Por decreto de 21 del mismo mes y año, se abrió término probatorio de ocho días (fs. 454).