Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0068/2010-CA
Fecha: 12-Abr-2010
RECHAZA
El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4.I de la Ley 003, 31 inc. 1) y 33.I inc. 2) de la LTC, RECHAZA el recurso contra resoluciones congresales o camarales presentado por Raúl Garrón Claure, Gustavo Blacutt Alcalá, Rolando Valentín Marín Ibáñez, Antonio Waldo Ernesto Yánez Aguilar, Osvaldo Ramón Nina Baltazar y Hugo Antonio Dorado Araníbar; Presidente a.i y Directores del Banco Central de Bolivia.
- recurso contra resoluciones congresales o camarales
- I.1. Antecedentes
- a)
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- se constituye en la nueva norma suprema del ordenamiento jurídico boliviano, con total supremacía frente a cualquier otra disposición normativa
- II.2. Naturaleza y alcances del recurso contra resoluciones congresales o camarales
- por falta de fundamentación jurídico-constitucional
- RECHAZA