Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0073/2010-CA
Fecha: 13-Abr-2010
APRUEBA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de la atribución que le confiere el art. 31 inc. 1) de la LTC, concordante con el art. 33.I inc. 1) de la misma Ley, y arts. 4 y 6 de la Ley 003, en consulta, APRUEBA con los fundamentos expuestos la RA 888/07 de 11 de diciembre de 2007, cursante de fs. 94 a 95, pronunciada por el Comandante General de la Policía Nacional; en consecuencia, RECHAZA el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad formulado por el apoderado de Rosario Ferrufino Moya.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la solicitud
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. ANÁLISIS DEL RECURSO
- II.2. Aplicación de la Constitución Política del Estado
- II.3. Alcances del control de constitucionalidad
- el juez, tribunal o autoridad administrativa que conoce la causa
- ante quienes se sustancie el proceso
- APRUEBA