Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0097/2010-CA-BIS
Fecha: 19-Abr-2010
consulta
En consulta la Resolución de 27 de diciembre de 2007, cursante de fs. 232 a 235, pronunciada por la Directora Distrital del Consejo de la Judicatura de Santa Cruz, por el que rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, formulado por Sonia Judith Rivas Rojas demandando la inconstitucionalidad del último párrafo del art. 8.II del Reglamento de Incompatibilidades del Poder Judicial que señala: “…en un mismo Órgano Nacional o un mismo Distrito Judicial”, por supuestamente vulnerar los arts. 6 y 228 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPE abrog.).
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- que ejerzan sus funciones en un mismo tribunal o en dos tribunales o juzgados inmediatos en grado
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Constitución Política del Estado
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- Constitución Política del Estado que se encuentre vigente.
- II.5.1.
- correspondía al Plenario del Consejo de la Judicatura -
- II.5.2.