Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0014/2010-R
Fecha: 12-Abr-2010
Fragmento 11
Del contenido de la disposición constitucional transcrita se concluye que tanto el recurso de hábeas corpus, como la ahora acción de libertad, han sido instituidos con un triple carácter tutelar: preventivo, correctivo y reparador, reforzando ahora su carácter de acción de defensa oportuna y eficaz, teniendo por finalidad el resguardo y protección de los derechos a la vida y la libertad tanto física como de locomoción en favor de toda persona que creyere estar ilegalmente perseguida o que es indebidamente procesada o privada de libertad.