Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0020/2010-R
Fecha: 13-Abr-2010
REVOCAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero denominada Ley de Necesidades de Transición a los Nuevos Entes del órgano Judicial y Ministerio Público; arts. 7 inc.8) y 93 de la Ley del Tribunal Constitucional, (LTC) en revisión, resuelve REVOCAR en parte la Resolución 10/2007 de 02 de junio, cursante de fs. 54 a 56, pronunciada por el Juez Tercero de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz, con relación al funcionario policial Raúl Pusari Mamani y, en consecuencia, denegar la tutela respecto a todos los recurridos.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan la demanda
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- I.2.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre los términos utilizados para designar a la persona que presentan acciones tutelares o de defensa
- acciones de defensa,
- accionante
- Fragmento 11
- III.4. Sobre el carácter excepcionalmente subsidiario de la Acción de Libertad
- excepcionalmente, el recurso de hábeas corpus operará de manera subsidiaria...”
- frente a otros mecanismos ineficaces
- efectivos y oportunos de defensa
- “I.
- II.
- IV.
- III.5. El caso analizado
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