AUTO CONSTITUCIONAL 0031/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0031/2010-RCA

Fecha: 03-May-2010

a)

Mediante decreto de 20 de agosto de 2007 (fs. 31), el Tribunal de amparo otorgó con carácter previo a la admisión del recurso, el plazo de cuarenta y ocho horas a efecto que la parte recurrente: a) Observe la falta de recurrir de amparo ante las autoridades del Poder Judicial, en el poder cursante de fs. 15 a 17 vta.; b) Presente fotocopia legalizada del recurso de casación formulado; c) Amplié el recurso al ministro Juan José González Osio quien también emitió el Auto Supremo cuestionado; y d) Señale las generales de ley del tercero interesado; con el que se notificó al recurrente el 20 de agosto de 2007 (fs. 32), presentando memorial de subsanación el 22 de agosto del mismo año (fs. 62 y vta.).