AUTO CONSTITUCIONAL 0043/2010-RCA-BIS
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0043/2010-RCA-BIS

Fecha: 10-May-2010

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

El recurrente señala que dentro del proceso penal caratulado Ministerio Público y Flavio Quispe Carvajal contra Moisés Salinas, por los delitos de falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado, el imputado presentó ante el Tribunal Segundo de Sentencia de El Alto, excepción de prejudicialidad, de falta de acción y derecho de prescripción e incidente de falta de personería y legitimación del querellante; declarando el referido Tribunal, improbadas las excepciones de prejudicialidad y de prescripción; en lo referente a la excepción de falta de acción y derecho e incidente de falta de personería y legitimación del querellante; el Tribunal de Sentencia mediante Resolución 150/05, declaró probadas las mismas; interponiendo contra dicha Resolución apelación incidental, resuelta la misma por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz a través de la Resolución 283 “A”/06, por la que se declaró improcedente la apelación confirmando la Resolución impugnada; asimismo, se emitió la Sentencia S-17/2005, por la que se condenó al imputado; sin embargo, en dicha Sentencia no fue considerado víctima del hecho punible, motivo por el que interpuso apelación restringida, emitiéndose al efecto la Resolución 283 “B”/06, aspecto que motivo la interposición del recurso de casación al menciondado Auto de Vista, por lo que al haberse emitido el Auto Supremo de 6 de febrero de 2007, se desconoció de igual forma su calidad de víctima y querellante en el referido proceso. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si en el presente caso concurre o no el supuesto de improcedencia in limine del recurso de amparo constitucional.