AUTO CONSTITUCIONAL 0043/2010-RCA-BIS
Fecha: 10-May-2010
Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz,
En revisión la Resolución 045/2007 de 28 de agosto, cursante de fs. 186 a 187, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Flavio Quispe Carvajal contra Héctor Sandoval Parada, Presidente de la Corte Suprema de Justicia; Carlos Jaime Villarroel Ferrer y Wilfredo Ovando Rojas, Presidente y Ministros de la Sala Penal Primera de la misma Corte; Gerardo Tórrez Antezana y Ángel Aruquipa Chui, Presidente y Vocal de la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; Teodomiro Saavedra Quiroz y Francisco M. Tarquino Blanco, Presidente y Juez Técnico; Silvia Norma Velasco Choque, Oscar Bernal Díaz y Paulina Yujra Certán, Jueces ciudadanos, todos del Juzgado Segundo de Sentencia de El Alto, alegando la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica, igualdad, garantía del debido proceso en relación al acceso a la justicia, consagrados en los arts. 7 inc. a), 6.I y 16.IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPE abrog.).
- Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz,
- I.1. Síntesis de la demanda
- I.2. Autoridades demandadas
- I.4. Petitorio
- a)
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1.
- Fragmento 9
- la inmediatez no sólo debe ser entendida como la no interposición del recurso de amparo constitucional dentro del plazo de seis meses
- Fragmento 11
- Resolución 150/05
- APROBAR