AUTO CONSTITUCIONAL 0045/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0045/2010-RCA

Fecha: 17-May-2010

I.1. Síntesis de la demanda

Por memorial presentado el 22 de agosto de 2007, cursante de fs. 25 a 27 de obrados, los recurrentes manifiestan que desde el 5 de febrero de 2000 hasta el 10 de febrero de 2005, desempeñaron los cargos de Concejales de Ayo Ayo, tercera sección de la provincia Aroma del departamento de La Paz, habiendo cumplido su gestión sin haber incurrido en ningún tipo de falta que hubiera dado lugar a proceso administrativo alguno; empero el Alcalde Municipal de Ayo Ayo, en forma arbitraria e ilegal, no les canceló sus salarios de abril de 2003 al 10 de febrero de 2005, más aguinaldo, pese haber solicitado dicho pago en reiterados oportunidades, sin que hasta la fecha hubieren recibido respuesta, siendo víctimas de la retención indebida de su remuneración, llegando incluso a interponer un juicio laboral ante el Juzgado Segundo de Trabajo y Seguridad Social de El Alto, en el que se pronunció la Sentencia 28/2007declarándose improbada la misma, con el argumento de que esa autoridad no tiene competencia para conocer la causa y la única vía legal, según la SC 1662/2005, es el amparo constitucional.