AUTO CONSTITUCIONAL 0051/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0051/2010-RCA

Fecha: 17-May-2010

improcedente in límine

El Tribunal de amparo mediante Resolución 410/2007 de 10 de septiembre, cursante a fs. 71 y vta. de obrados, declaró improcedente in límine el recurso, con el fundamento de que ante la emisión de la Resolución 45/2007, el recurrente interpuso directamente amparo constitucional, no obstante de tener aún la vía legal expedita, como la interposición del recurso de apelación incidental ante la Corte Superior de Justicia, respecto a los hechos y/o actos que su criterio supuestamente lesiona sus derechos y garantías, autoridades que se encuentran facultadas para revocar o confirmar la decisión de primera instancia, toda vez que el Auto impugnado dentro del amparo, recae precisamente en el Auto Final de la Instrucción, debiendo agotarse la instancia ordinaria conforme determina el Código de Procedimiento Penal, es decir el “Decreto Ley 10426”, lo que no ha ocurrido en el caso presente inobservándose el principio de subsidiariedad del recurso de amparo, que precisa del agotamiento de los recursos previstos por Ley previa su interposición.