Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0192/2010-CA
Fecha: 03-May-2010
20 de febrero de 2008
En el caso que se analiza, consta que la notificación efectuada a la recurrente con el Auto Administrativo 336/2007 de 1 de noviembre, fue efectuada el 20 de febrero de 2008 (fs. 6), mientras que el presente recurso directo de nulidad fue presentado a este Tribunal el 3 de abril de 2008 (fs. 10 a 12); es decir, 43 días calendario después, por lo que su interposición resulta ser extemporánea y fuera del plazo contemplado por el art. 81 de la LTC.
- I.1. Antecedentes
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- Fragmento 4
- II.2.
- con plenitud de jurisdicción y competencia para pronunciar autos constitucionales debidamente motivados que estén orientados a la interpretación y aplicación de las normas relacionadas a esas funciones de índole procesal, con igual efecto vinculante que una sentencia constitucional
- cambio del entendimiento jurisprudencial
- no están regidas por el art. 33 de la CPE,
- corresponde ser aplicado de inmediato a los casos que se encuentren en trámite en este Tribunal
- 20 de febrero de 2008
- RECHAZA
- CORRESPONDE AL AUTO CONSTITUCIONAL 0192/2010-CA