Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0192/2010-CA
Fecha: 03-May-2010
RECHAZA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de la facultad conferida por los arts. 4.I y II de la Ley 003; 31 inc. 1), 81 y 82.II de la LTC, RECHAZA el recurso directo de nulidad interpuesto por Mabel Camargo Poma demandando la nulidad del Auto Administrativo 336/2007 de 1 de noviembre.
- I.1. Antecedentes
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- Fragmento 4
- II.2.
- con plenitud de jurisdicción y competencia para pronunciar autos constitucionales debidamente motivados que estén orientados a la interpretación y aplicación de las normas relacionadas a esas funciones de índole procesal, con igual efecto vinculante que una sentencia constitucional
- cambio del entendimiento jurisprudencial
- no están regidas por el art. 33 de la CPE,
- corresponde ser aplicado de inmediato a los casos que se encuentren en trámite en este Tribunal
- 20 de febrero de 2008
- RECHAZA
- CORRESPONDE AL AUTO CONSTITUCIONAL 0192/2010-CA