Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0074/2010-R
Fecha: 03-May-2010
II.1.
II.1. Debido a un accidente de tránsito ocurrido el 26 de agosto de 2007, Eusebio Alejandro Soto, fue internado en el Hospital Universitario Municipal “San Juan de Dios”, donde recibió atención médica y hospitalaria, por un monto de Bs10159,05.- monto que fue cancelado parcialmente en un 50% aproximadamente, por el accidentado y no por el responsable del accidente Percy Borda Antoni; no se evidencia concretamente si el vehículo cuenta con el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) (fs. 1 a 10).
- recurso de hábeas corpus ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- procedente
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- III.3. Sobre el ámbito de protección de la acción de libertad en los centros hospitalarios públicos y privados
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR